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manera unilateral. Adicionalmente, a recibir una

copia del contrato, ya sea por medios físicos o

electrónicos, dentro de los 5 días hábiles siguientes

de la firma o modificación de éste.

5.

Recuperar el saldo no utilizado de su recarga de

prepago por el sólo hecho de realizar una nueva

recarga en un plazo menor a 180 días desde la

última recarga.

6.

En el caso de los clientes de postpago, a recuperar

si lo desea, el mismo número telefónico que tenía

contratado, en un plazo de 2 años, contados desde

la fecha de término de contrato, siempre y cuando,

la causal no sea cuentas impagas, en dicho caso,

el plazo es de 180 días.

7.

Cambiarse de compañía telefónica, móvil o fija,

manteniendo su número telefónico.

8.

Recibir descuentos e indemnizaciones por

suspensión, alteración o interrupción del servicio

público telefónico, de acceso a Internet y de televisión

de pago.

9.

Que las compañías de televisión de pago no cambien,

sustituyan o eliminen los canales sin previo aviso de

al menos 20 días hábiles, caso en el cual deberán

reemplazarlos por canales de similar calidad y

contenido o realizar compensaciones.

10.

Habilitar, sólo si lo desea, el servicio de roaming

internacional de voz, mensajería y datos, para lo

cual, la compañía deberá consultarle al momento

de la contratación. Para el servicio de roaming