manera unilateral. Adicionalmente, a recibir una
copia del contrato, ya sea por medios físicos o
electrónicos, dentro de los 5 días hábiles siguientes
de la firma o modificación de éste.
5.
Recuperar el saldo no utilizado de su recarga de
prepago por el sólo hecho de realizar una nueva
recarga en un plazo menor a 180 días desde la
última recarga.
6.
En el caso de los clientes de postpago, a recuperar
si lo desea, el mismo número telefónico que tenía
contratado, en un plazo de 2 años, contados desde
la fecha de término de contrato, siempre y cuando,
la causal no sea cuentas impagas, en dicho caso,
el plazo es de 180 días.
7.
Cambiarse de compañía telefónica, móvil o fija,
manteniendo su número telefónico.
8.
Recibir descuentos e indemnizaciones por
suspensión, alteración o interrupción del servicio
público telefónico, de acceso a Internet y de televisión
de pago.
9.
Que las compañías de televisión de pago no cambien,
sustituyan o eliminen los canales sin previo aviso de
al menos 20 días hábiles, caso en el cual deberán
reemplazarlos por canales de similar calidad y
contenido o realizar compensaciones.
10.
Habilitar, sólo si lo desea, el servicio de roaming
internacional de voz, mensajería y datos, para lo
cual, la compañía deberá consultarle al momento
de la contratación. Para el servicio de roaming