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- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Tipo Norma :Ley 20393

Fecha Publicación :02-12-2009

Fecha Promulgación :25-11-2009

Organismo :MINISTERIO DE HACIENDA; SUBSECRETARÍA DE HACIENDA

Título :ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS

JURÍDICAS EN LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS,

FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS DE COHECHO QUE

INDICA

Tipo Version :Unica De : 02-12-2009

Inicio Vigencia :02-12-2009

URL

:http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=1008668&idVersion=20

09-12-02&idParte

LEY NÚM. 20.393

ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN LOS DELITOS DE LAVADO DE

ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS DE COHECHO QUE INDICA

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de Ley:

Artículo Primero.- Apruébase la siguiente ley sobre responsabilidad penal de las

personas jurídicas:

"Artículo 1°.- Contenido de la ley. La presente ley regula la responsabilidad penal

de las personas jurídicas respecto de los delitos previstos en el artículo 27 de la ley

Nº19.913, en el artículo 8° de la ley Nº18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del

Código Penal; el procedimiento para la investigación y establecimiento de dicha

responsabilidad penal, la determinación de las sanciones procedentes y la ejecución de

éstas.

En lo no previsto por esta ley serán aplicables, supletoriamente, las disposiciones

contenidas en el Libro I del Código Penal y el Código Procesal Penal y en las leyes

especiales señaladas en el inciso anterior, en lo que resultare pertinente.

Para los efectos de esta ley, no será aplicable lo dispuesto en el inciso segundo

del artículo 58 del Código Procesal Penal.

Artículo 2°.- Alcances. Las disposiciones de esta ley serán aplicables a las

personas jurídicas de derecho privado y a las empresas del Estado.

TÍTULO I

Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas

1.- De la atribución de responsabilidad penal de las personas jurídicas

Artículo 3°.- Atribución de responsabilidad penal. Las personas jurídicas serán

responsables de los delitos señalados en el artículo 1° que fueren cometidos directa e

inmediatamente en su interés o para su provecho, por sus dueños, controladores,

responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de